DESPIDO POR NECESIDAD DE LA EMPRESA: ¿CÓMO CALCULO LA INDEMNIZACIÓN?

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FinHelp

En época de crisis económica como la actual y los ajustes que se producen en el mercado laboral
debido a esta, es normal que los negocios y empresas deban ajustarse el cinturón para sobrevivir y
así seguir funcionando. Así, el despido por necesidad de la empresa es una causal de termino de
relación laboral más utilizado por las PYMES. ¿Pero qué significa y cómo se calcula el monto de
este despido?.


El término del contrato por la necesidad de la empresa está reconocido como una causal de
despido en el Código del Trabajo en el artículo 161, este tipo de despido se justifica cuando existe
una racionalización o modernización del servicio, bajas en la productividad, cambio en las
condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más
trabajadores. Es decir, por necesidades de la empresa comprendemos una causal de despido
mediante la cual el empleador decide poner término al contrato de trabajo por razones que deben
ser objetivas, permanentes, no transitorios o subsanables.


Dicha causal debe ser debidamente explicitada en términos claros en la carta de despido que el
empleador dirija al trabajador, señalando pormenorizadamente los hechos en los que se funda la
causal, de manera que el trabajador no tenga dudas de los motivos por los cuales se le está
desvinculando, para no dejarlo en la indefensión y no violar el debido proceso.


En cuanto a la causal, la doctrina y jurisprudencia se encuentra contestes en que es objetiva, se
debe fundar en hechos objetivos, externos y ajenos a la voluntad del empleador, la propia ley
limita su discrecionalidad. Los hechos deben ser graves y por sí mismos justificar la separación de
este trabajador en específico. Así por ejemplo, el despido no sería por necesidad de la empresa
cuando el empleador sustituye al trabajador despedido por uno nuevo, el cual cumple las mismas
funciones y deberes.


¿Pero cómo calculo lo que debo pagar mi empleador si me despide por necesidad de la
empresa?
En los finiquitos por necesidad de la empresa se debe pagar principalmente:
1. Vacaciones pendientes;
2. Sueldo que quedó pendiente de pagar, por ejemplo, si te despiden un día 15 del mes, se deben
pagar los días restantes del mes;
3. El mes de aviso en caso de que el despido sea de un día para otro, en cambio si el aviso se
produce con 30 días de anticipación, no se debe pagar el mes de aviso;
4. Indemnización por año de servicio, siempre y cuando el trabajador cumpla más de un año
trabajando, en cuyo caso se debe pagar un sueldo por año. En caso de que el trabajador lleve un
año y 6 meses, se debe pagar el equivalente a dos años. Esto último siempre tendrá un tope de 11
años.


Ahora bien, se debe considerar como remuneración para determinar la indemnización todo lo que
el dependiente estuviere percibiendo por la prestación de sus servicios al momento de terminar el
contrato. Se debe así incluir las imposiciones y las regalías o especies avaluadas en dinero, con
exclusión expresa de las horas extraordinarias, las asignaciones familiares y los beneficios o
asignaciones que se otorguen en forma esporádica o por una sola vez en el año. Por ello, si la
gratificación es pagada mes a mes, sea legal o convencional, debe incluirse en el cálculo de la
indemnización por años de servicios. El mismo criterio se aplica respecto de las asignaciones de

colación, movilización, de desgaste de herramientas e incluso los viáticos, en el caso que tales
beneficio se paguen en forma mensual.